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Consejos Consultivos

Qué son?

Son órganos que prevén la participación de usuarios y trabajadores colaborando en las Mutualistas.
Tienen como competencia:

  • Apoyar campañas de promoción y prevención de la salud.
  • Emitir opinión.
  • Formular propuestas sobre estrategias, políticas, planes, programas y acciones que hagan a la gestión de la Institución.

¿Quiénes lo integran?

Están integrados por seis miembros honorarios (cada uno con su alterno): dos por su Institución, dos por los usuarios y dos por los trabajadores. Ocupan sus cargos por dos años y pueden ser reelegidos una sola vez.

¿Puedo Participar?

Los usuarios tienen derecho a participar a través de los representantes que elijan por voto secreto. Para ser electores deben tener una antigüedad ininterrumpida mínima en su Institución de un año y de dos años para ser elegibles.

*Cartilla de Derechos y Deberes - Capítulo V - Artículo 29 - (participación) “Los usuarios tienen derecho a participar, a través de los representantes que elijan por voto secreto, en los Consejos Consultivos y Asesores de los servicios de salud. Para ser electores deberán tener una antigüedad ininterrumpida mínima en la Institución de un año y de dos años para ser elegibles. En el caso de las Instituciones de salud que aseguren la integración en sus órganos de gobierno de representantes de los usuarios, éstos tendrán derecho a ser informados sobre las condiciones para participar a ese nivel.”